Df 1 Centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos
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»D.F. 1ª. Título competencial.
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Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª segundo inciso, de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
