Df 1 Comercio
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»D.F. 1ª. Autorización de desarrollo reglamentario.
Vigente
Se autoriza al Gobierno de Cantabria y al Consejero competente en materia de comercio para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-03-2002 en vigor desde 07-03-2002