Df 1 Compensaciones de los miembros de las Juntas Electorales y personal a su servicio, en relación con las elecciones al Parlamento
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»D.F. 1ª. Desarrollo normativo.
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Se faculta al Consejero de Hacienda y Administración Pública para dictar las disposiciones complementarias necesarias en aplicación de lo previsto en el presente decreto.
