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Df 1 Comunicación de información para gestión y pago del bono social térmico

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D.F. 1ª. Habilitación de desarrollo normativo

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Se habilita al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de la presente Ley, y al titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales para la aprobación del procedimiento de tramitación de estas ayudas en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor.