Df 1 Condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados pa...SO o de bachillerato
Df 1 Condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de ESO o de bachillerato
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»D.F. 1ª. Carácter básico y título competencial.
Vigente
Este real decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución que reserva al Estado la competencia exclusiva para el establecimiento de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-07-2010 en vigor desde 18-07-2010