Df 1 Condiciones para la percepción de la indemnización por adquisición de vestuario para prestación del servicio por el personal de la Policía Foral
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»D.F. 1ª. Habilitaciones.
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1. Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de interior, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de las previsiones contenidas en este decreto foral.
2. Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de interior, para actualizar, en periodos bienales, y previa negociación con la Representación Sindical, las cuantías máximas de las indemnizaciones previstas en este decreto foral.

