Df 1 conflicto de interés en procedimientos de ejecución Plan de R.T.R
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»D.F. 1ª. Título competencial.
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Lo previsto en esta orden tiene carácter básico y se aprueba al amparo de lo dispuesto en los apartados 13 y 18 del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y de bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios, y el procedimiento administrativo común.
