Df 1 Consejo Vasco de Cooperacion para el Desarrollo
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
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Con carácter supletorio, se aplicarán al funcionamiento del Consejo las disposiciones referentes a los órganos colegiados del capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
