Df 1 Consejos Insulares -Derogada-

Df 1 Consejos Insulares -Derogada-

Ver Indice
»

D.F. 1ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones necesarias en desarrollo de esta ley.

2. En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de las Illes Balears deberá presentar al Parlamento un proyecto de ley regulador de la financiación de los consejos insulares.