Df 1 contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Illes Balears
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»D.F. 1ª. Modificación de la Ley 5/2023, de 8 de marzo, de Sociedades Cooperativas de las Illes Balears
Vacatio legis
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El apartado 1 de la disposición transitoria segunda de la Ley 5/2023, de 8 de marzo, de Sociedades Cooperativas de las Illes Balears, queda modificado de la manera siguiente:
"1. Las cooperativas de las Illes Balears que hayan sido constituidas antes de la entrada en vigor de la presente ley deben presentar en el Registro de Cooperativas sus estatutos adaptados a esta en el plazo de tres años y seis meses desde la entrada en vigor de la misma ley."
