Df 1 la que se corrigen técnicamente determinadas normas forales tributarias del Territorio Histórico de Álava
D.F. 1ª. Entrada en vigor y efectos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La presente Norma Foral entrará en vigor el de su publicación en el BOTHA.
2. La presente Norma Foral surtirá efectos, respecto de las modificaciones introducidas en la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, desde el día 1 de enero de 2014, respecto a las modificaciones de la Norma Foral de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo, desde el día 1 de enero de 2014, respecto a las modificaciones introducidas en el Impuesto sobre Sociedades y régimen fiscal de las Cooperativas, para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2014 y respecto de las modificaciones de la Norma Foral de Sucesiones y Donaciones desde el 1 de abril de 2012.

