Df 1 Desarrolla la NF. 7/2002, de 15 de octubre, de Adaptación del Sistema Tributario al Derecho Foral Vasco
Ver Indice
»D.F. 1ª. Entrada en vigor
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el « Boletín Oficial del Bizkaia» ,con efectos desde el día 1 de enero de 2003.
En particular, las normas contenidas en el Título II serán de aplicación a las herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorioen dicha fecha.
