Df 1 desarrolla el RD. 39/1997 -Reglamento de Servicios de Prevención-
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»D.F. 1ª. Atribución constitucional de competencias.
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Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral.
