Df 1 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Cataluña
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
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Se autoriza al Gobierno y al consejero o consejera del departamento competente en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas para dictar los reglamentos que sean necesarios para desarrollar y aplicar la presente ley.
