Df 1 se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilacion en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos publicos
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»D.F. 1ª. Título competencial.
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Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
