Df 1 se establecen normas sobre ordenación de bares, restaurantes y cafeterías y establecimientos con música, espectáculo y baile
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»D.F. 1ª.
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Se faculta al Consejero de Economía, Hacienda y Fomento para dictar las normas oportunas para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Decreto.
