Df 1 Estructura orgánica ...y Vivienda

Df 1 Estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

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D.F. 1ª. Modificación del Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio

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Se modifica el artículo 28 del Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio, que quedará redactado como sigue:

«Artículo 28. Departamento Técnico de Estudios

1. El Departamento Técnico de Estudios ejercerá las siguientes funciones:

a) La realización de trabajos de investigación, análisis, estudio y difusión sobre urbanismo y ordenación del territorio.

b) La promoción y el desarrollo de los instrumentos de gestión, ordenación y promoción del paisaje y del desarrollo sostenible en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) La elaboración de los informes en materia de paisaje previstos en la normativa vigente.

2. Para el desarrollo de las funciones antes relacionadas, este departamento contará con los siguientes servicios:

a) Servicio de Estudios: le corresponden las funciones encomendadas al Instituto de Estudios del Territorio en lo que se refiere al análisis, seguimiento, formación y divulgación sobre urbanismo y ordenación del territorio y, en general, prestar asistencia, así como desarrollar cualesquiera otras funciones que, por razón de su competencia, pueda encomendarle la persona titular de la dirección del instituto o departamento.

Asimismo, corresponden las funciones relativas a la colaboración para la promoción de las estrategias y programas que contribuyan a conseguir el apropiado nivel de desarrollo sostenible y aquellas que fomenten la participación ciudadana.

b) Servicio de Coordinación e Información Territorial: le corresponden las funciones de elaboración, mantenimiento y actualización de la información geográfica y cartográfica necesaria para el desarrollo de los estudios relacionados con el territorio, así como su coordinación y difusión entre los distintos departamentos de la Xunta de Galicia. También se encargará de la gestión y desarrollo de los sistemas de información corporativos de la Xunta de Galicia vinculados al territorio.

c) Servicio de Planificación del Paisaje: le corresponden las funciones encomendadas al Instituto de Estudios del Territorio en lo que se refiere al desarrollo de los instrumentos contemplados en la legislación vigente sobre la protección, gestión y ordenación del paisaje. Asimismo, asumirá las funciones de formación y divulgación en materia de paisaje y la elaboración de los informes en materia de paisaje».