Df 1 estructura de los presupuestos de las entidades locales
Ver Indice
»D.F. 1ª. Desarrollo de competencias.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En virtud del artículo 12.1 g) del Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, corresponde a la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales la competencia para emitir informes a las consultas relativas al contenido y a la aplicación de la presente Orden ministerial.
