Df 1 Foral de Igualdad entre Mujeres y Hombres
Ver Indice
»D.F. 1ª. Modificación de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica la letra g) del apartado 2 del artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que tendrá la siguiente redacción:
g) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en esta ley foral, en la legislación general tributaria o en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres. No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el apartado 2 del artículo 9 de esta ley foral cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.
