Df 1 Gravamen temporal energético
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»D.F. 1ª. Títulos competenciales.
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Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª, 13.ª, 14.ª y 25.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; Hacienda general y Deuda del Estado y bases del régimen minero y energético.
