Df 1 Impuesto sobre la Renta de no Residentes de Bizkaia
Ver Indice
»D.F. 1ª.- Entrada en vigor.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente Norma Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia», produciendo efectos desde el día 1 de enero de 2014. En el caso de contribuyentes que operen mediante establecimiento permanente, esta Norma Foral será de aplicación a los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2014.
