Df 1 Impulso de los medios electrónicos en la gestión del IVA
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»D.F. 1ª. Ámbito de aplicación.
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Lo dispuesto en este decreto foral relativo a la llevanza de los libros registro a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, afectará a los empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto respecto de los que la competencia inspectora corresponda a la Hacienda Tributaria de Navarra con arreglo a lo dispuesto en la regla 7.ª del artículo 34 del Convenio Económico entre la Comunidad Foral de Navarra y el Estado.

