Df 1 Ley de medidas urgen... Mar Menor

Df 1 Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor

  • Norma derogada por la Ley 3/2020, de 27 de julio, desde el 2 de agosto de 2020, salvo las D.F. 2ª y D.A. 1ª y el Anexo V. Estos dos últimos preceptos mantienen su vigencia, si bien su rango queda rebajado a nivel reglamentario, pudiendo modificarse o derogarse mediante disposición administrativa de carácter general adoptada mediante orden de la Consejería competente para el control de la contaminación por nitratos. Téngase en cuenta que esta norma había sido derogada previamente con iguales salvedades y con efectos desde el 28 de diciembre de 2019 por el Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre.
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D.F. 1ª. Exigencia de las medidas de sostenibilidad ambiental a las explotaciones existentes.

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1. Las parcelas existentes en las Zonas 1, 2 y 3 deberán cumplir las obligaciones de aplicar barreras vegetales contempladas en el Capítulo II de la presente ley. La implantación de estructuras vegetales y demás medidas previstas en el Capítulo II tendrán el plazo de un año para las parcelas situadas en la Zona 1, dos años para las situadas en la Zona 2 y tres años para las situadas en la Zona 3. Y todas las zonas dispondrán del plazo de un año como máximo para cumplir la obligación de ajustarse a las curvas de nivel y suprimir el laboreo y cultivo a favor de pendiente.

2. Los cultivos ya existentes que ocupen la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre podrán abonarse y mantenerse dentro de esa zona por el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley. No obstante, la prohibición de introducción y abonado de nuevos cultivos en dicha franja, establecida en el artículo 6, es exigible desde la entrada en vigor de la ley.

3. Los invernaderos con cubierta plástica existentes a la entrada en vigor de esta ley, deberán establecer las estructuras de recogida de lluvia previstas en el artículo 15 en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor.