Df 1 Ley de medidas urgentes para responder al impacto generado por el coronavirus de Navarra
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario y ejecución.
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1. Se habilita al Gobierno de Navarra y a las personas titulares de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta ley foral.
2. Se habilita a la persona titular del Departamento competente en materia tributaria para modificar, mediante Orden Foral, los plazos de presentación e ingreso de declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones y declaraciones informativas.
