Df 1 Mediacion familiar
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»D.F. 1ª. Desarrollo normativo:
Vigente
Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar cuantas disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley. En el plazo de un año desde su entrada en vigor habrá de aprobarse la totalidad de los desarrollos reglamentarios previstos en la presente Ley.