Df 1 medidas tendentes a la accesibilidad universal en la atención a los ciudadanos dispensada por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus Organismos Autónomos
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»D.F. 1ª.-Financiación.
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Las medidas previstas en este Decreto Foral serán adoptadas en función de las disponibilidades presupuestarias. A estos efectos, los departamentos, en el marco de estabilidad presupuestaria establecido por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, procurarán habilitar los correspondientes créditos presupuestarios.
