Df 1 Medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo reglamentario y entrada en vigor de determinados preceptos.
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Se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Real Decreto-ley.
Se faculta al Ministro de Industria y Energía a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de las previsiones contenidas en los artículos 26 al 30 del presente Real Decreto-ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 1ª (se declara la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo tercero)) por Pleno. Sentencia 189/2005, de 7 de julio de 2005. Recurso de inconstitucionalidad 3372/1996. Promovido por sesenta y cuatro Diputados socialistas en relacion con distintos preceptos del Real Decretoley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de caracter fiscal y de fomento y liberalizacion de la actividad economica. Limites a los Decretosleyes: reduccion en la base imponible del impuesto sobre sucesiones; actualizacion de balances y regimen tributario de las ganancias y perdidas patrimoniales en el impuesto sobre la renta de las personas fisicas; afectacion parcial al deber de contribuir a los gastos publicos ( STC 182/1997) . Nulidad parcial de precepto estatal
(BOE de 05-08-2005) en vigor desde 05-08-2005
