Df 1 Medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre.
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La Ley 3/2004, de 28 de diciembre, se modifica en los siguientes términos:
Se modifica el primer párrafo del apartado 1 del artículo 41, que queda redactado de la siguiente manera:
«1. Se crea, con la denominación de «Agencia Pública Andaluza de Educación», una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, con el objeto de llevar a cabo la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza, cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la oferta de plazas del primer ciclo de educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.»
