Df 1 Medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público aragonés
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»D.F. 1ª. Facultades de desarrollo.
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Se faculta a la persona titular del Departamento competente en materia de función pública para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de las medidas previstas en este Decreto-Ley.
