Df 1 Medidas urgentes de politica de Vivienda Protegida
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DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo reglamentario.

Vigente

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Queda autorizado el Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones exigidas para el desarrollo de esta Ley en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004