Df 1 Se modifica la Ley 2/2010, de Comercio
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»D.F. 1ª. Título competencial.
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El artículo único de la presente ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de comercio interior, prevista en el artículo 31.1. 11ª, de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, y la disposición adicional única de conformidad con el artículo 32, que establece la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de protección del medio ambiente en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca.
