Df 1 modifica el Real Decreto 39/1997 -Reglam. de los Servicios de Prevencion- en relacion con medidas de seguridad y salud laboral de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia
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»D.F. 1ª. Habilitación reglamentaria.
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Se autoriza al Ministro de Trabajo e Inmigración, previo informe de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente real decreto.
