Df 1 Modificación 2016 de la Ley gallega de prevención y el tratamiento integral de la violencia de género
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»D.F. 1ª. Habilitación normativa
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1. Se faculta al Consejo de la Xunta de Galicia y al órgano competente en materia de igualdad para dictar las disposiciones reglamentarias y las instrucciones necesarias para el adecuado desarrollo y cumplimiento de la presente ley.
2. En todo caso, las nuevas bases reguladoras de la prestación económica de carácter periódico para mujeres víctimas de violencia de género deberán estar en vigor para el ejercicio presupuestario del año 2017.
