Df 1 Modificación del Dec... de 10 Jul

Df 1 Modificación del Decreto-ley 11/2020 de 10 Jul

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D.F. 1ª. Modificación del apartado 3 del artículo 19 de la Ley 3/2020 de 29 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021

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Se modifica el apartado 3 del artículo 19 de la Ley 3/2020 de 29 de diciembre, de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021, que pasa a tener la redacción siguiente:

3. En el caso de nombramientos de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Illes Balears cuya justificación sea la necesidad urgente e inaplazable, la autorización previa corresponde al director general del Servicio de Salud o al órgano en que delegue, el cual comprobará la disponibilidad presupuestaria, la legalidad de la modalidad de nombramiento temporal que se proponga y la justificación de la necesidad urgente e inaplazable

En el caso de nombramientos de personal estatutario temporal o de contrataciones laborales temporales de la entidad pública empresarial Gestión Sanitaria y Asistencial de las Illes Balears en atención a la situación de emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19, la justificación de los cuales sea la necesidad urgente e inaplazable, la autorización previa corresponde al director gerente de la entidad pública empresarial o al órgano en que delegue, el cual comprobará la disponibilidad presupuestaria, la legalidad de la modalidad del nombramiento temporal que se proponga y la justificación de la necesidad urgente e inaplazable.

Las gerencias y los centros del Servicio de Salud de las Illes Balears y de la entidad pública empresarial Gestión Sanitaria y Asistencial de las Illes Balears no pueden realizar ninguna propuesta de nombramiento de carácter temporal si no queda acreditada la dotación presupuestaria correspondiente.

Con periodicidad mensual, la Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Illes Balears y el órgano competente de la entidad pública empresarial Gestión Sanitaria y Asistencial de las Illes Balears enviarán a la Dirección General de Presupuestos y a la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas un certificado en el que se hagan constar el número total de nombramientos temporales y las prórrogas, por categorías, con indicación de la modalidad - interino, eventual o de sustitución-para cada centro o gerencia del mes inmediatamente anterior, con especificación del gasto correspondiente al personal estatutario temporal eventual y de sustitución.