Df 1 Modificación de el Decreto-ley 5/2023 -concesión de una ayuda directa a titulares de explotaciones bovinas de Extremadura que hayan notificado sospecha de enfermedad hemorrágica epizoótica-
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»D.F. 1ª. Habilitaciones.
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1. Se habilita al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones generales sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto-ley.
2. Se habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de ganadería a dictar cuantos actos administrativos sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente Decreto-ley.
