Df 1 Modificación de la Ley 2/2002 -Gestión de Emergencias-
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario.
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El desarrollo reglamentario de esta Ley se llevará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
