Df 1 Modificación de la Ley 8/2014 -Juego y apuestas-
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»D.F. 1ª. Entrada en vigor
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.