Df 1 modificaciones de la ley 122012 de 26 de septiembre de medidas tributarias para la reduccion del deficit de la comunidad autonoma de las illes balears modificaciones Presupuestos 2013 I. Balears
D.F. 1ª Modificaciones de la Ley 12/2012, de 26 de septiembre, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la comunidad autónoma de las Illes Balears
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1. El epígrafe del artículo 3 de la Ley 12/2012, de 26 de septiembre, de medidas tributarias para la reducción del déficit de la comunidad autónoma de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente manera:
Artículo 3
Tipo de gravamen autonómico en el impuesto sobre hidrocarburos
2. El apartado 1 del artículo 3 de la citada Ley 12/2012 queda modificado de la siguiente manera:
1. De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, el tipo de gravamen autonómico en el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos, al que se refiere el artículo 50 ter de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de impuestos especiales, es el siguiente:
a) Gasolinas: 48 euros por 1.000 litros.
b) Gasóleo de uso general: 48 euros por 1.000 litros.
c) Fuel-oil: 2 euros por tonelada.
d) Queroseno de uso general: 48 euros por 1.000 litros.
3. La disposición adicional primera de la citada Ley 12/2012 queda modificada de la siguiente manera:
D.A. 1ª Tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional en el impuesto sobre hidrocarburos
El tipo autonómico de devolución del gasóleo de uso profesional en el impuesto sobre hidrocarburos, al que se refiere la letra a) del apartado seis del artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de impuestos especiales, en relación con el apartado 2 del artículo 52 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, es de 48 euros por 1.000 litros.
