Df 1 Normativa básica en ...as de mesa

Df 1 Normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa

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D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

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El Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, queda modificado como se recoge a continuación:

Uno. El anexo XII «Autorizaciones concedidas para replantaciones» se substituye por el siguiente:

«ANEXO XII

Autorizaciones concedidas para replantaciones

Comunidad Autónoma:

Fecha de comunicación:

Campaña vitícola:

Provincia

Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***:

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

TOTAL

Provincia origen de la autorización (a)

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

TOTAL

Código DOP (b)

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)

TOTAL

* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3).

** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4).

*** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación.

(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP).

(b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.»

Dos. El anexo XIII «Derechos de plantación concedidos antes del 31 de diciembre de 2015 y convertidos en autorizaciones-Autorizaciones concedidas» se substituye por el siguiente:

«ANEXO XIII

Derechos de plantación concedidos antes del 31 de diciembre de 2015 y convertidos en autorizaciones - Autorizaciones concedidas

Comunidad Autónoma:

Fecha de comunicación:

Campaña vitícola:

Provincia

Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***:

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

TOTAL

Provincia origen de la autorización (a)

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

TOTAL

Código DOP (b)

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)

TOTAL

* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3).

** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4).

*** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación.

(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP).

(b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.»

Tres. El anexo XIV «Inventario de superficies de viñedo» se substituye por el siguiente:

«ANEXO XIV

Inventario de superficies de viñedo

Comunidad Autónoma:

Fecha de comunicación:

Campaña vitícola:

Provincia

Superficie realmente plantada con viñedo (ha) que son admisibles para la producción de***:

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)*

Vino con Indicación Geográfica Protegida (IGP)**

Vino sin DOP/IGP y situado en una zona DOP/IGP

Vino sin DOP/IGP y situado fuera de una zona DOP/IGP

Total****

de los cuales están incluidos en la columna (2)

de los cuales no están incluidos en la columna (2)

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

(7)

TOTAL

Código DOP

(a)

Vino con Denominación de Origen Protegida

(DOP)

TOTAL

* Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG.

** Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con DOP y vino sin IG (columna (3)), o sólo vino con IGP y vino sin IG (columna (4)). Ninguna de las superficies recogidas en las columnas (3) y (4) deben ser incluidas en las columnas (5) y (6).

*** Datos referidos al 31 de julio de la campaña vitícola anterior.

**** Valores a introducir en esta columna: (7) = (2) + (4) + (5) + (6).

(a) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en su zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.»

Cuatro. El anexo XVI «Cuadro A. Plantaciones y arranques realizados» se substituye por el siguiente:

«ANEXO XVI

Cuadro A. Plantaciones y arranques realizados

Comunidad Autónoma:

Fecha de comunicación:

Campaña vitícola (*):

Superficie (ha)

Vino con Denominación de Origen Protegida

Vino con Indicación Geográfica Protegida

Subtotal vinos DOP/IGP

Vino sin DOP/IGP

Total

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

Plantaciones de viñedo realizadas(i)

Arranques de viñedo realizados(ii)

TOTAL

Código DOP (a)

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)

TOTAL

(i) Número de hectáreas plantadas situadas en superficies que pueden ser admisibles a la producción de vino con DOP, vino con IGP o vino sin DOP/IGP.

(ii) Número de hectáreas arrancadas situadas en superficies que pueden ser admisibles a la producción de vino con DOP, vino con IGP o vino sin DOP/IGP.

(a) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.

(*) Datos referidos a la campaña vitícola precedente a la de la comunicación.»

Cinco. El anexo XVI «Cuadro B. Información sobre derechos de plantación inscritos a 31 de diciembre de 2015 en el registro vitícola y sin convertir en autorizaciones a 31 de julio de la campaña precedente a la de la comunicación» se substituye por el siguiente:

«Cuadro B. Información sobre derechos de plantación inscritos a 31 de diciembre de 2015 en el registro vitícola y sin convertir en autorizaciones a 31 de julio de la campaña precedente a la de la comunicación

Comunidad Autónoma:

Fecha de comunicación:

Campaña vitícola:

Superficie (ha)

Derechos de plantación inscritos en el Registro Vitícola sin convertir a 31 de julio:

Total (ha)

Desglose por fecha de caducidad hasta el 31 de diciembre de 2023 (ha)

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.»