Df 1 Ordenación y Atención Farmacéutica

Df 1 Ordenación y Atención Farmacéutica

Ver Indice
»

D.F. 1ª. Habilitación normativa

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se faculta al Consejo de Gobierno y al titular de la Consejería con competencias en materia de sanidad, en el ámbito de sus competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente ley, así como para acordar las medidas necesarias para garantizar su efectiva implantación y ejecución.