Df 1 Plan de Ordenación del Litoral
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D.F. 1ª. Reordenación de la Bahía de Santander.

Vigente

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La aprobación inicial de cualquiera de los instrumentos previstos en el artículo 55 para la Actuación Integral Estratégica de Reordenación de la Bahía de Santander se producirá en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-09-2004 en vigor desde 29-09-2004