Df 1 Presupuestos 2018 de Aragón
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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El apartado tercero de la disposición adicional duodécima de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas, queda redactado como sigue:
"3. Los funcionarios de carrera que durante dos años continuados, o tres con interrupción, desempeñen o hayan desempeñado, a partir del 6 de julio de 2015, puestos en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón comprendidos en el ámbito de aplicación de la disposición adicional quinta de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, percibirán desde su reincorporación a la carrera profesional administrativa, y mientras permanezcan en esta, el complemento de destino del puesto que se desempeñe, incrementado hasta la cuantía del complemento de destino que corresponda al nivel más alto del intervalo asignado al grupo/subgrupo en que se encuentre clasificado el cuerpo o escala al que pertenezca el funcionario".
