Df 1 procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias
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D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo.

Vigente

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Se autoriza a la Dirección General de Tributos para el desarrollo y aplicación de la presente orden, así como para la modificación de los anexos incluidos en la misma mediante Resolución que se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-04-2012 en vigor desde 20-04-2012