Df 1 procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17. ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las comunidades autónomas.

