Df 1 Proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
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»D.F. 1ª.
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En plazo no superior a seis meses el Director del Instituto Vasco de Administración Pública dictará una Resolución por la que se modifique el modelo de convenio a suscribir entre dicho Instituto y los Entes de la Comunidad Autónoma del País Vasco contemplando la adecuación de los créditos horarios a los planes de formación individualizados que se contemplan en la Disposición Transitoria Cuarta del presente Decreto.
