Df 1 Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación -Derogada-
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»D.F. 1ª.
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En el plazo de un año, el Gobierno de Aragón deberá aprobar las normas técnicas sectoriales que regulen y refundan las características y condiciones de la accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas.
