Df 1 Puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales
- Con efectos a partir del 1 de enero de 2015, todas las referencias hechas en el presente real decreto a los Secretarios judiciales deben entenderse realizadas a los Letrados de la Administración de Justicia. - Ley Organica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Organica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ver Indice
»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El presente real decreto se dicta en uso del mandato conferido al Gobierno al amparo del artículo 149.1.5.ª de la Constitución Española que recoge la competencia exclusiva estatal en materia de Administración de Justicia.
