Df 1 Reforma de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General y de la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional
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El Gobierno, en el plazo de seis meses, aprobará las disposiciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el artículo primero de la presente Ley.

