Df 1 Régimen de acceso y traslado de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche
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»D.F. 1ª. Desarrollo y ejecución.
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Se faculta a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de lo establecido en este Decreto.
