Df 1 Régimen de retribuciones de los funcionarios de Administración Local
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»D.F. 1ª.
Vigente
Se autoriza al Ministerio de Administración Territorial para dictar, previo informe del Ministerio de Economía y Hacienda, las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en el presente Real Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-05-1986 en vigor desde 04-05-1986